Por norma general, estarás obligado a declarar cuando:
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Tus ingresos superen los 22.000 € si solo tienes un pagador.
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Tus ingresos superen los 14.000 € si tienes más de un pagador. No obstante, si has tenido más de un pagador, tu límite estará en 22.000 € anuales si la suma de los ingresos obtenidos por el segundo pagador y restantes no supera los 1.500 € anuales.
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Cuando obtengas rendimientos íntegros del capital mobiliario y ganancias patrimoniales, siempre que hayan estado sometidos a retención o ingresos a cuenta y superen los 1.600 € anuales.
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No tendrás que presentar declaración en ningún caso si tienes rendimientos íntegros del trabajo, de capital o de actividades económicas así como ganancias patrimoniales, que conjuntamente no superen los 1.000 €. Tampoco si has tenido exclusivamente pérdidas patrimoniales inferiores a 500 €.
Es importante destacar que aunque no estés obligado a declarar, la declaración de la renta puede salirte a devolver. Es decir, aún no estando obligado a presentar tu declaración, Hacienda te puede devolver dinero.