Sí, siempre que cumplan los requisitos establecidos por la Administración. Te los detallamos a continuación:
1.-Si han convivido contigo, al menos, durante la mitad del período impositivo.
2.- Que sean mayores de 65 años (a 31 de diciembre) o tengan recocido un grado de discapacidad de, al menos, 33%.
3.- Que no hayan obtenido rentas superiores a 8.000 euros durante el ejercicio ni hayan presentado declaración de IRPF con rentas superiores a 1.800 euros.