En esta situación, se tiene en cuenta que al tener la custodia compartida, los hijos se incluirán al 50% para cada cónyuge.
La convivencia si es determinante en caso de la declaración conjunta por pareja de hecho de uno de los cónyuges con sus hijos en común. Sólo podrá hacer la declaración conjunta (siendo menor el hijo) uno de los dos cónyuges, si es el progenitor con el que convive, cumple con los requisitos para el mínimo por descendientes y además el otro progenitor no convive con el hijo.