No, no se podrá ceder.
La deducción se podrá aplicar por el otro progenitor o adoptante en aquellos casos en los que se produzca el fallecimiento de la madre o cuando la custodia pertenezca al padre.
No, no se podrá ceder.
La deducción se podrá aplicar por el otro progenitor o adoptante en aquellos casos en los que se produzca el fallecimiento de la madre o cuando la custodia pertenezca al padre.