En caso de que el décimo sea compartido, el impuesto se prorrateará entre los titulares en función de su participación en el premio.
Es importante acreditar la identidad completa de las personas con las que se comparte el premio en el momento del cobro, para evitar que sea considerado una donación y tribute nuevamente por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
Por ejemplo:
· Nos tocan en el sorteo de la Lotería de Navidad 5.000€ de un décimo: se cobran íntegros, dado que están por debajo de los 40.000€ exentos.
· Nos tocan 50.000€ de un décimo compartido por 3 personas a partes iguales: se aplicará el 20% de retención al IRPF sobre los 10.000€ que excedan del mínimo exento: en total 2.000€. Quedaría un premio neto de 48.000€, de forma que cada partícipe se llevaría 16.000€ líquidos.
· Nos toca el premio Gordo de 400.000€: se descuentan los 40.000 € exentos, así que se tributa por una base de 360.000€ al 20%. En total, Hacienda se llevará 72.000€ y nosotros nos llevaremos 328.000€ netos.